SERVICIOS ALQUILERES
El alquiler es una vieja institución jurídica, por la cual una persona cede el uso temporal de una cosa, por un tiempo limitado, a cambio de un precio o renta. La cosa puede ser cualquier mueble, cualquier inmueble, pero también negocios o industria completos.
Dada la transcendencia que la vivienda tiene en la vida de las personas, y con el tiempo la transcendencia en esa misma vida de las actividades económicas y en especial las que se desarrollan en entornos urbanos, desde hace ya muchos años, se dotó de una legislación especial, contenida fundamentalmente en la Ley de Arrendamientos Urbanos y en la Ley de Arrendamientos Rústicos.
El arrendamiento de viviendas en especial, con el paso del tiempo ha venido adquiriendo mayor importancia social, existiendo una clara tendencia al aumento del parque de viviendas arrendadas. Tal es así que se han producido diversas modificaciones legislativas, que en parte, aun hoy conviven, existiendo diferentes derechos y obligaciones para propietarios e inquilinos según la norma que le sea aplicable a su contrato, en función de la fecha en que el mismo fue realizado. Situación jurídica, en muchas ocasiones de una interpretación compleja y poco clara. Y legislación que ha venido dejando más aspectos del arrendamiento al libre criterio de los contratantes, por medio de sus pactos y condiciones, aunque aun quedan aspectos en los que los contratantes no tienen libertad en esos pactos.
Por eso resulta importante, para la seguridad de propietarios e inquilinos, el correcto asesoramiento previo a la contratación, y el redactado del contrato, mejor, de “su contrato”, pues cada situación es diferente y requiere pactos diferentes, haciéndose desaconsejable la fotocopia de los pactos de otros contratos, o la utilización de modelos generales, en los que no se tiene en cuenta la relación concreta, ni las garantías que el propietario precisa y el inquilino está dispuesto a aportar.
Además la vida del contrato requiere de un asesoramiento constante, del mantenimiento del inmueble, del cobro de las rentas, del pago de las reparaciones, de la delimitación de que corresponde al propietario o al inquilino, de las revisiones y actualizaciones de renta, de la relación con las comunidades en que están los inmuebles o con la administración pública, de la liquidación de impuestos, etc. Todo ello nos permite concluir que dicha gestión ha de ser encomendada a un experto profesional.
Nuestros conocimientos sobre la materia (somos una firma de abogados), nuestra experiencia (el titular del despacho desde el año 1983 -casi 30 años- ha venido realizando esas funciones), nuestra infraestructura técnica, nos permiten ofrecer un servicio que busca la excelencia y que supera la expectativa más exigente de los destinatarios del servicio, con unos honorarios ajustados.
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